CARTERAS DE SERVICIOS DE UN CENTRO SANITARIO, PÚBLICO, PRIVADO DE ATENCIÓN PRIMARIA, ESPECIALIZADA.


5. CARTERAS DE SERVICIOS DE UN CENTRO SANITARIO, PÚBLICO, PRIVADO DE ATENCIÓN PRIMARIA, ESPECIALIZADA.
Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización.
Los objetivos de este real decreto, con el fin de garantizar la equidad y la accesibilidad a una adecuada atención sanitaria en el Sistema Nacional de Salud, son:

1. Establecer el contenido de la cartera de servicios comunes de las prestaciones sanitarias de salud pública, atención primaria, atención especializada, atención de urgencia, prestación farmacéutica, orto protésica, de productos dietéticos y de transporte sanitario.

2. Fijar las bases del procedimiento para la actualización de la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud.

         
                                                                              Cartera de Servicios.


La Constitución española legitima la actividad empresarial privada y el derecho a la protección de la salud; la LGS desarrolla y regula, haciéndolos efectivos, estos derechos formales que, sin embargo, no pocas veces son objeto de amplio debate en el ámbito de nuestra sociedad civil, tanto en foros sanitarios como de otro carácter.
Por la Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud (2003), alude expresamente a la colaboración entre los servicios sanitarios públicos y privados. El artículo 6 de esta Ley se refiere expresamente a las "acciones en relación con las entidades sanitarias no integradas en el Sistema Nacional de Salud", previendo, incluso, la colaboración pública/privada en cuestiones tales como la formación de profesionales sanitarios e investigación sanitaria.
Así pues, la sanidad privada goza de respaldo constitucional y se recoge explícitamente en el marco legal más arriba indicado, constituyendo una herramienta potente para colaborar con las administraciones públicas en la consecución de los objetivos amparados por la LGS, integrándose en el Sistema Nacional de Salud o cooperando con él activamente.

Bibliografía:
https://www.elsevier.es/es-revista-revista-administracion-sanitaria-siglo-xxi-261-articulo-la-sanidad-privada-el-sistema-13107519

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